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Trámite para canje de descansos médicos particulares en Es Salud

Enfermedad Común:
  • Anexo 10
  • Copia de DNI del titular
  • Certificado Médico expedido por el profesional de Salud.
  • Copia de recibo por honorarios, boleta o factura.
  • Copia de documentos que sustente la atención recibida.
  • Copia de los certificados de los 20 primeros días.
  • Copia de las indicaciones médicas.
  • Copia de los resultados de exámenes de ayuda al diagnóstico.
  • Copia de informe médico.
  • Copia de reporte operatorio*
  • Copia de Epicricis*
* Observación: Si el trabajador fue hospitalizado.
Recuerda: En caso el expediente de validación haya sido observado, se le otorgará 30 días hábiles al usuario para la subsanación de las observaciones, vencido el plazo, de cumplir con los requisitos, el CEVIT resolverá emitiendo el CITT por los días de incapacidad temporal que las evidencias medicas lo justifiquen, caso contrario se notificara al usuario, devolviéndose el expediente.
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Cualquier duda o consulta escríbenos:
Kelly.ruiz@www.gsisac.com.pe

Comisión Médica Calificadora de Incapacidades COMECI

INFORME DE EVALUACIÓN MÉDICA – LEY 26790

 

Es el documento registrado por el médico, donde se determina la evolución de la enfermedad, respuesta al tratamiento, secuelas o complicaciones y el pronóstico de la enfermedad, lesión o secuela. El médico con los datos y evidencias establece si el impedimento que ocasiona la Incapacidad, podrá estar resuelto en un periodo igual o menor al tiempo máximo reconocido por ley, es decir antes o como máximo 11 meses y 10 días (340 días), contados a partir del vigésimo primer día de la incapacidad.
COMECI califica los expedientes de los asegurados que presenten:
  • Impedimento configurado o Tratamiento de larga data.
  • Pronóstico incierto. – Que acumulen 150 días consecutivos
  • Que acumulen 90 días no consecutivos en 365 días.
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¿Quién puede solicitar la calificación por COMECI?
  • El Médico Tratante
  • El Médico de Control
  • El Asegurado
  • El Empleador
  • El Jefe de la Unidad de Prestaciones Económicas (UPE)
  • La Gerencia de Prestaciones Económicas
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  • Si la Comisión Médica Calificadora de Incapacidades (COMECI), determina que la incapacidad es de naturaleza temporal, se procede a emitir los CITT, siempre y cuando persista la incapacidad, teniendo un máximo de 340 días.
  • Si la Comisión Médica Calificadora de Incapacidades (COMECI), determina que la incapacidad es de naturaleza no temporal, se emitirá el CITT, hasta un máximo de 180 días para los periodos consecutivos y no se otorgará CITT por más días, para los Periodos no consecutivos.
Cualquier duda o consulta escríbenos:
Kelly.ruiz@www.gsisac.com.pe

Requisitos para inscripción de Madre Gestante y/o extra matrimonial

– Formulario 1010 (Versión 05), firmado y sellado por el empleador o firmado por el asegurado titular. ·
– DNI del Titular ·
– DNI de la Madre Gestante (así sea menor de edad) ·
– Escritura Pública (otorgado por las Notarias) o Testamento del asegurado que acredite reconocimiento del concebido o copia de la sentencia de Declaratoria de Paternidad ·
– Boleta de pago del mes culminado.

A nivel de Lima, existen en la actualidad 9 Agencias de atención al público:
  • Agencia San Isidro, ubicada en Av. Arequipa 2890 – San Isidro
  • Agencia Jesús María, ubicada en Av. Arenales 1302, Oficina 202 – Jesús María
  • Agencia Salamanca, ubicado en Av. Los Paracas 181 – Salamanca
  • Agencia San miguel, ubicado en Av. La Marina 2299 – San Miguel
  • Agencia San Juan de Lurigancho, ubicada entre los Jirones Cajamarquilla y Chinchaysuyo 599 – Urb. Zárate.
  • Agencia San Martín, ubicado en Av. Perú 3889 – San Martín de Porres
  • Agencia Comas, ubicada en Av. Universitaria 7357 (cruce con Metro de Belaúnde). Urb. Retablo – Comas.
El horario de atención de las Agencias Administrativas es de lunes a viernes de 8am a 4pm y sábados de 8am a 12pm.

Cualquier duda o consultas escríbenos: kelly.ruiz@www.gsisac.com.pe

Trámite de Subsidios por Maternidad

Requerimiento:

Formulario 1010 – Formulario Único de Seguros y Prestaciones Económicas.
Formato – Declaración Jurada de Maternidad.
Anexo – Cálculo de Subsidio por Maternidad.
CITT
Copia de DNI del titular.
* Observación: Todos los documentos deberán estar visados por la asistenta social. Después de ingresar los expedientes en ESSALUD, se realiza el seguimiento en la página web: www.essalud.gob.pe

Nuevos requisitos para inscripción de concubinos

Con la finalidad de brindar mayor protección a tu concubina (o), ESSALUD ha establecido los siguientes requisitos para su inscripción, presentar:
  1. FORMULARIO 1010 (versión 05) – Formulario único de seguros y prestaciones económicas.
  2. Copia simple del reconocimiento de unión de hecho, sea por resolución Judicial o Escritura publica.
  3. Mostrar el documento de identidad del titular y del concubino (a).